Cementerio de Totana

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Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué hacer en caso de una defunción?

Si se tiene póliza por decesos con alguna compañía de Seguros, se deberá poner en contacto con ella, quien le indicará los pasos a seguir en estos difíciles momentos, poniendo a su disposición todo el personal necesario para llevar a cabo los trámites del entierro del difunto. En el caso de no tener ninguna póliza de decesos, puede Ud. solicitar los servicios de cualquier funeraria para realizar los trámites de la defunción.

En cualquier caso si lo desea, puede ponerse en contacto para informarse sobre el proceso con el responsable del Cementerio en el teléfono 601077211-650953242 o en el fijo 868100690; o bien en el Ayuntamiento de Totana, en la Concejalía de Servicios en el teléfono 968418151.

2.- ¿ Qué hacer en caso de querer realizar un traslado de restos?

En algunas ocasiones, los familiares desean trasladar los restos mortales de un difunto a otro sitio de inhumación a cualquier otro dentro del Cementerio Municipal o a otro Camposanto distinto. En el caso en el que el cadáver esté más de cinco años enterrado desde su fecha de defunción, esta solicitud puede realizarse en la Oficina del Cementerio o en el Servicio Municipal del Cementerio en el Ayuntamiento.

(Pasos siempre necesarios para los traslados)

  1. Para ello es necesario, acreditar la propiedad del lugar de enterramiento y la propiedad en la que se va a efectuar el traslado; o bien, la autorización de la persona o familiar directo que posee el lugar de enterramiento y autoriza a que se saquen los restos o que se entierren en su propiedad.
  2. Además, la persona que inicia el proceso de traslado debe de identificarse por medio del Documento Nacional de Identidad. Ahora bien, en el caso de ser familiar directo consanguíneo no necesita autorización, pero en el caso de no ser familiar directo consanguíneo o tratarse de una empresa funeraria necesita la autorización pertinente por parte de la familia.
  3. Por último, una vez reglamentada la documentación, es necesario pagar la tasa reglamentaria en la oficina de recaudación. Esta tasa municipal cubre la mano de obra del cementerio; el tape y destape de la fosa o nicho; y el monte y desmonte del mármol. Lo que no cubre son los gastos extras que pueda acarrear el traslado como, sudarios, caja de restos, entre otras cosas.

(Excepciones)

- En el caso en el que el difunto haga menos de cinco años que murió o que el traslado quiera hacerse a otro Cementerio, además de realizar todos los pasos anteriormente descritos, es necesario aportar toda la documentación que obliga la Consejería de Sanidad de la Región de Murcia. Para ampliar más información, para estos casos, deben de dirigirse a la Oficina del Cementerio.



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